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Wednesday, January 07, 2009 Login
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¿Cómo objetar? ¿Qué firmo? ¿Qué implica?

Aquí te explicamos algunas cuestiones prácticas a tener en cuenta, si libremente has decidido objetar en conciencia. Es fácil y claro...

 

ALGUNAS CUESTIONES PRÁCTICAS SOBRE LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA A EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA (EpC):

 

 

Modelos de objeción: según la situación escolar y edad de los hijos:

 

1. Hijos escolarizados, desde educación infantil, indicando el Centro. Puede señalarse el curso a efectos de gestión administrativa.

2. Hijos sin escolarizar: un impreso distinto, pues no hay colegio.

(Se debe rellenar un impreso por cada hijo, firmándolo al menos uno de sus padres)

3. Jóvenes mayores de 16 años: pueden firmar ellos mismos la objeción.

 

Cómo afecta la objeción académicamente:

 

EpC es una asignatura evaluable en 2º y 4º de la ESO, y en 1º BACH (está pendiente de precisar su contenido en el currículo, ya que se imparte dentro de la materia de Filosofía, que se denominará “Filosofía y Ciudadanía”).

En el caso de Secundaria, la LOE permite hasta dos suspensos para promocionar.

En Bachillerato hay que aprobar todo, y la nota hace media con la Selectividad.

En ambos casos, estamos esperando a que la Comunidad de Madrid publique una Orden en la que se reconozca y regule la objeción de conciencia, con la posibilidad de que los alumnos que objeten realicen un trabajo sobre un tema de la asignatura, elegido  y bajo la supervisión de sus padres, con el fin de poder ser evaluados de la misma, sin cursarla.

 

Muchos padres han decidido mantener firme su oposición a esta materia, incluso a costa de los riesgos que puede ocasionar sobre el expediente académico de su hijo, en especial en las Comunidades que se están mostrando contrarias a reconocer el derecho a la objeción de conciencia. A la vez, han presentado recursos contra la obligatoriedad de la EpC y en defensa a su derecho a la objeción de conciencia. Hasta el momento no hay ninguna experiencia sobre los resultados de esta postura, sus consecuencias académicas o la decisión final de los Tribunales.

 

Gestión de las objeciones:

 

La Junta del Apa se encargará de entregar en el registro correspondiente de la CAM todos los documentos de objeción, que se hayan recibido hasta el 30 de junio. Después, se dejará una copia sellada en el Colegio, y se devolverá el original sellado a cada familia. Es importante indicar bien todos los datos de correo, y si es posible un email para comunicarnos.

 

Objetar en un Colegio que nos ofrece plenas garantías sobre cómo se impartirá EpC:

 

La Dirección del Colegio ha señalado repetidamente que la enseñanza de esta materia se hará respetando la inspiración cristiana que sostiene su ideario. Sin embargo, con la objeción estamos defendiéndonos de la intromisión ilegítima del Estado en la competencia exclusiva que como padres tenemos sobre la formación moral de la conciencia de nuestros hijos, tal como reconoce el art. 27.3 de la Constitución, en relación con el art. 16. Además, con la objeción activa podemos ayudar a muchas familias de otros colegios cuyos hijos van a recibir una formación alejada de la verdad sobre el hombre, el matrimonio, la vida, etc. Se trata de solidarizarnos con estos padres, y exteriorizar a la vez un rechazo contra la ilegítima intromisión del gobierno en la educación de nuestros hijos, un derecho reconocido en la Constitución española.

 

NOTA:

El presente documento es un resumen indicativo. Para un mejor conocimiento del tema se recomienda acudir a las diversas entidades y páginas web que informan al respecto, como por ejemplo:


 

http://www.objetamos.com/

http://objetores.org/

http://www.profesionalesetica.com

http://www.forofamilia.org

http://www.conferenciaepiscopal.es


Written By: host
Date Posted: 6/11/2008
Number of Views: 102

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